CLÁUSULA DE AFIANZAMIENTO

''Donde hay justicia, hay paz.'' — Platón

La cláusula que regula el afianzamiento en un préstamo o crédito hipotecario es aquella cláusula que regula una forma de garantizar o asegurar el cumplimiento en caso de que el deudor principal no lo haga. El fiador se compromete, mediante escritura, a cumplir con las obligaciones del principal en caso de que no lo haga o no pueda el primero.

Es decir, en otras palabras, la entidad financiera puede, en caso de impago del deudor principal, dirigirse frente al fiador. Y esta cláusula puede resultar, en determinadas circunstancias, abusiva.

Preguntas frecuentes

¿Se explicó claramente la responsabilidad del fiador al momento de firmar el contrato?

Es crucial analizar si la entidad bancaria informó adecuadamente al fiador sobre la extensión de su responsabilidad, incluyendo si responderá con su patrimonio presente y futuro en caso de impago por parte del titular. 

¿Se incluyó la renuncia a los beneficios legales (exclusión, orden y división) sin negociación ni explicación?

Muchas cláusulas de afianzamiento incluyen estas renuncias, lo que puede ser abusivo si el fiador no comprendió completamente las consecuencias legales ni tuvo la oportunidad de negociar su eliminación. 

¿La entidad bancaria evaluó correctamente la solvencia del fiador?

Los bancos tienen la obligación de asegurarse de que el fiador pueda asumir la deuda en caso necesario. Si no se realizó esta evaluación o fue insuficiente, podría ser un punto clave para cuestionar la validez de la cláusula. 

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