Somos abogados multidisciplinares e independientes con formación y experiencia procesal en litigios y en métodos ADR (resolución alternativa de conflictos) que, son sistemas autocompositivos que brindan a las partes enfrentadas por un conflicto, vías alternativas para resolver sus discrepancias de forma más rápida, eficaz y sin tener que acudir a los tribunales.
La Resolución Alternativa de Conflictos o ADR – siglas de «Alternative Dispute Resolution» – son métodos muy eficaces para todo tipo de conflictos familiares, civiles, empresariales, laborales, sociales, administrativos, sanitarios, inmobiliarios y un largo etcétera. Incluso en aquellos conflictos que no tienen cabida en la vía judicial.
Los métodos alternativos de resolución de conflictos, son mecanismos idóneos para desjudicializar las controversias porque hay una realidad insoslayable “Los litigios no funcionan porque ninguno de los implicados gana”.
Los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos (ADR en ingles) se caracterizan por ser las propias partes las que de forma voluntaria alcanzan un acuerdo o transacción para resolver el conflicto, por tanto, es a través del consenso donde las partes llegan a una solución de la controversia. El dialogo, la cooperación, el consenso, la voluntariedad, confidencialidad son necesarios en este tipo de procesos a través de los cuales las partes consiguen gestionar mejor sus intereses en conflicto, consiguiendo que ambas ganen .
Especialización
Nuestro bufete abogados se centra en el derecho civil, concursal, laboral, administrativo, lo que nos permite afrontar cada caso desde un conocimiento profundo con el aval de la experiencia. Ofrecemos distintas alternativas a la hora de buscar la solución más idónea para nuestros clientes.
Transparencia y agilidad
Este despacho valora la información pre contractual y la información durante la tramitación del expediente o procedimiento judicial.
Certeza
Antes de iniciar cualquier gestión, el cliente contará con un presupuesto previo que realizará y explicará una evaluación de riesgos honesta. Ello implica que, antes de aceptar un encargo, nos aseguramos de que nuestros clientes comprendan todos los beneficios y riesgos involucrados en la tramitación del caso o expediente. Ello implica explicar:
La nueva Ley de Eficiencia de la Justicia -Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia impone medios extrajudiciales para determinados conflictos civiles y mercantiles. Conoce cual es el mas adecuado para ti:
La mediación es un sistema de resolución de conflictos en la que las partes se someten a la intervención de un tercero que ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. Podríamos decir que es una negociación asistida, por un tercero neutral e imparcial, que facilita la comunicación e intenta acercar los intereses de las partes para que sean ellas las que lleguen a un acuerdo.
En el proceso, las partes del conflicto tienen un papel activo y protagonista en el proceso, se hablan y se escuchan de forma respetuosa y colaborativa con la ayuda de un mediador, quien analiza y determina el alcance del conflicto para guiarlas de forma activa en la búsqueda de posibles soluciones consensuadas.
El mediador es el que dirige y guía el proceso de forma flexible y las partes mantienen su poder de decisión y pueden estar acompañados y asistidos por sus abogados.
En la mediación pueden participar los abogados para enfocar las cuestiones jurídicas objeto de controversia y asistir a las partes y al mediador para redactar el acuerdo de mediación.
El acuerdo llevado a público u homologado tiene el valor de una sentencia y cuenta con que lo tratado en el proceso de mediación sea totalmente confidencial. Ello implica que, los documentos, dictámenes o los informes utilizados no puedan usarse en un posterior proceso judicial.
La negociación se puede definir prácticamente como el proceso que ofrece a las partes, a través de los negociadores nombrados, la oportunidad de intercambiar posturas, promesas y contraer compromisos formales, tratando de resolver sus diferencia plasmándolas en un acuerdo.
Es un método auto compositivo innovador y creativo. Cuando las partes de un conflicto se reúnen las partes con sus abogados, trabajando en equipo un entorno de confidencialidad, transparencia y flexibilidad, el compromiso es buscar una solución al conflicto sin tener que acudir a los Tribunales de Justicia. Los abogados de las partes involucradas en el conflicto, en caso de no llegar a un acuerdo, renuncian a representar a sus clientes ante los tribunales.
Un método para solucionar diferencias basado en la comunicación entre las partes. La conciliación es otro método para solucionar diferencias que se basa en la comunicación entre las partes y el intercambio de ideas para buscar una solución.
En este proceso interviene un tercero neutral, independiente e imparcial, el conciliador, con el objetivo de aproximar a las partes confrontadas quien, tras escuchar a las partes, propone una o varias soluciones, que no son vinculantes hasta que todas las partes la aceptan. Por tanto, el conciliador tiene capacidad para proponer pero no para imponer una solución.
El acuerdo alcanzado se plasma en un Acta de Conciliación, que tiene fuerza ejecutiva y carácter de cosa juzgada. Por tanto, si se incumple lo acordado, se puede exigir por vía judicial; y las diferencias objeto de conflicto, una vez solucionadas, no podrán ser discutidas en otra instancia.