El Tribunal Supremo ha decidido, en su Sentencia núm. 522/2025, que una caída ocurrida dentro del espacio privado de una vivienda unifamiliar, como el porche o escalera propia del trabajador, no puede considerarse accidente laboral “in itinere”, es decir, no tiene la protección de accidente de trabajo aunque se produzca justo antes de salir hacia el trabajo.
Desde el punto de vista legal, la exigencia es clara: para que un accidente de este tipo sea laboral, debe ocurrir fuera del ámbito íntimo del hogar —en zonas comunes o en la vía pública—, donde el trabajador ya no tiene control exclusivo sobre el riesgo.
Así, el Supremo busca evitar interpretaciones expansivas que convertirían cualquier lesión dentro del hogar en accidente laboral, protegiendo la seguridad jurídica y definiendo con claridad los límites de cobertura.
Un caso reciente llevado al Tribunal Supremo pone en evidencia cuándo un accidente sufrido en casa sí cuenta como “accidente laboral in itinere” (es decir, ocurrido al ir o volver del trabajo), y cuándo no. La respuesta puede ayudarte a entender si tienes derecho a cobertura o protección laboral.
¿Qué ocurrió?
Un trabajador se resbaló y cayó en las escaleras exteriores (porche) de su vivienda unifamiliar, justo cuando se preparaba para salir al trabajo. Al principio, la mutua y el juzgado lo consideraron accidente por causa común (no laboral). Luego, el Tribunal Superior de Murcia lo calificó como accidente laboral in itinere. Finalmente, el Tribunal Supremo revocó esa decisión.
¿Por qué el Supremo dijo que no es accidente laboral?
El Tribunal Supremo revisó varios criterios que debe cumplir un accidente para ser considerado laboral:
Elementos esenciales
- Cronológico: Debe ocurrir cerca del comienzo o el final de la jornada.
- Teleológico: El trayecto debe tener como único propósito ir o volver del trabajo.
- Topográfico: Debe ocurrir en el trayecto habitual —es decir, fuera del hogar—.
- Idoneidad del medio: Debe usarse un medio habitual y razonable de trasporte.
Propiedad privada vs espacios comunes: El porche o jardín de una vivienda unifamiliar es de uso privado y exclusivo. Mientras el trabajador está en esa zona, no ha iniciado realmente el trayecto hacia el trabajo.
Por ello, aunque la persona estuviera saliendo para ir a trabajar, el accidente ocurrió dentro del espacio íntimo y no fue cubierto como laboral.
¿Cuándo sí puede ser accidente laboral al salir de casa?
Si el accidente ocurre en zonas comunes de un edificio (como escaleras comunitarias, portales, garajes compartidos) o ya en la vía pública, sí podría considerarse in itinere, porque ya no es dominio exclusivo del trabajador, y ha comenzado el trayecto protegido.
¿Qué puedes hacer si te pasó algo similar?
- No todos los accidentes en el hogar cuentan como laborales. Es clave identificar dónde ocurrió el siniestro.
- Si vive en una vivienda con zonas comunes, podría haber cobertura si el accidente ocurre ahí.
- En casos dudosos o que no fueron cubiertos, conviene consultar a un abogado experto para valorar si existe base para reclamar.
El Tribunal Supremo ha dejado claro que el trayecto laboral legalmente protegido comienza una vez que se abandona el espacio privado del domicilio. Por ello, una caída en el porche de tu casa, aunque parezca justo al camino del trabajo, no es un accidente laboral salvo que se demuestren circunstancias excepcionales.
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