Derecho Contencioso Administrativo¿Cómo actuar en un embargo de cuenta corriente compartida? Conoce tus derechos

10 de junio de 20250

Muchos contribuyentes se enfrentan a embargos en cuentas bancarias donde no figuran como titulares, sino únicamente como autorizados. Esta situación genera gran incertidumbre y temor, especialmente cuando Hacienda o la Seguridad Social actúan de forma automática. Pero, ¿sabías que ser autorizado en una cuenta no te convierte automáticamente en responsable de las deudas tributarias?

La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido un criterio en el que se analiza la figura del autorizado en una cuenta bancaria y su posible vinculación con la responsabilidad tributaria. Según la DGT, no se puede afirmar de manera generalizada que el hecho de ser autorizado en una cuenta corriente implique una responsabilidad tributaria, ya sea solidaria o subsidiaria, tal como se recoge en los artículos 42 y 43 de la Ley General Tributaria (LGT).

La Audiencia Nacional, en su sentencia del 27 de diciembre de 2018 (EDJ 698073), se pronunció sobre la posible responsabilidad tributaria de una persona física autorizada en las cuentas corrientes de una sociedad. La Audiencia concluyó que el mero hecho de estar autorizado, independientemente de la notificación del apoderamiento, es irrelevante si no se conoce el uso que se ha hecho de dicha autorización y los movimientos realizados en las cuentas.

Por tanto, la DGT y la Audiencia Nacional coinciden en que la simple condición de autorizado en una cuenta bancaria no se ajusta a los supuestos de responsabilidad tributaria establecidos en los artículos 42 y 43 de la LGT. Esta interpretación es relevante para delimitar las situaciones en las que se puede atribuir responsabilidad tributaria y protege a los autorizados de asumir responsabilidades automáticas sin una evaluación detallada de su participación efectiva en la gestión de las cuentas bancarias.

Es importante señalar que, además de los deudores principales, otras personas o entidades pueden ser consideradas responsables de la deuda tributaria, ya sea de manera solidaria o subsidiaria. La responsabilidad es siempre subsidiaria, a menos que una norma exprese lo contrario, y su alcance cubre la totalidad de la deuda tributaria, pero generalmente no incluye las sanciones.

 

¿Qué puedes hacer si te han embargado una cuenta en la que solo eres autorizado?

 

  • Reclamar
  • Solicitar la revocación del embargo
  • Pedir un análisis de tu caso concreto

 

¿Necesitas ayuda con el embargo de cuenta corriente en Alcalá de Henares?

 

Nuestro despacho de abogados puede ayudarte, tanto con el embargo de cuenta corriente, como con muchos otros asuntos. Evaluamos tu situación sin compromiso y buscamos una solución a medida que proteja tus derechos y tu dinero.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

https://deudali.es/wp-content/uploads/2024/11/logo_deudali.png
Avenida Juan de Austria, 3, 28805, Alcalá de Henares
615162735
info@deudali.es

Síguenos:

CONSÚLTANOS SIN COMPROMISO

 

ABOGACÍA CREATIVA

No somos nada convencionales: buscamos la estrategia diferenciadora en las situaciones más complejas o difíciles

Copyright © Deudali 2025