Cuando una persona descubre que su deuda ha sido vendida a un fondo buitre o a otra empresa especializada en la gestión de créditos impagados, lo normal es sentir preocupación:
Algunas de las preguntas que probablemente le surjan son: ¿Pueden reclamarme toda la deuda? ¿Pierdo mis derechos? ¿Vale todo porque he aceptado la cesión o porque me avisaron?
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha dejado muy claro un punto clave: aunque su deuda haya sido vendida, usted no pierde automáticamente sus derechos frente al nuevo acreedor. Te contamos más sobre este aspecto del derecho civil:
Derecho civil: Lo que ha dicho el Tribunal Supremo (sentencia de julio de 2025)
El Supremo ha analizado un caso en el que una empresa cedió (vendió) un crédito a otra. El deudor había aceptado la cesión, pero cuando el nuevo acreedor le reclamó el pago, este se negó porque nunca recibió el producto por el que se le estaba cobrando. Los tribunales inferiores le dieron la razón al nuevo acreedor. Pero el Tribunal Supremo corrigió todo el caso y dejó las cosas claras:
- Aceptar la cesión NO significa renunciar a todos sus derechos y oportunidades de defensa.
En efecto, si como deudor acepta que la deuda sea vendida, eso no implica que pierda la posibilidad de oponer ciertas razones (“excepciones”) para negarse a pagar cuando te reclamen. La única excepción que no podrá usar, si aceptó la cesión, es la compensación, esto es: que le deba algo al acreedor original y quiera restarlo del importe. Todas las demás acciones de defensa, son posibles. Por ejemplo:
- Falta de entrega de un producto
- Servicios mal prestados
- Importe incorrecto
- Cláusulas abusivas
- Cualquier incumplimiento del acreedor original
- Cualquier circunstancia que haga que la deuda no sea realmente exigible
En otras palabras: El nuevo acreedor (incluido un fondo buitre) no está en mejor posición que el acreedor original y no puede reclamar más ni mejor de lo que podía hacerlo el anterior.
Lo ilustramos con una situación real: Una empresa vende una deuda a otra. El deudor había aceptado esa venta. El nuevo acreedor exige el pago de la deuda. Pero en ese momento, el deudor se niega al pago porque “nunca recibió lo que compró”. Si aplicamos los criterios del Tribunal Supremo, el deudor puede oponerse al pago de la deuda al cesionario de la deuda.
¿Dónde está la clave?
Cuando el deudor acepta la cesión no renuncia a su derecho a reclamar que la deuda es injusta, incorrecta o no exigible.
¿Por qué esta sentencia es tan importante para quienes tienen su deuda en manos de un fondo buitre?
El Tribunal Supremo establece una doctrina que afecta a miles de personas:
- Los fondos buitres no pueden confiar en que el consentimiento del deudor les “blinda” la deuda. Si compran una deuda dudosa, con problemas de origen o basada en un incumplimiento, heredan el problema.
- El deudor puede hacer valer todas las opciones jurídicas para la defensa de sus derechos, a excepción de la compensación (que es la única que se pierde al consentir la cesión).
- La cesión no mejora la posición del nuevo acreedor. Si el acreedor original no podía cobrar la deuda por algún motivo, el fondo buitre tampoco. El Supremo frena, así, interpretaciones abusivas y maximalistas, evitando así que empresas compradoras de deuda intenten cobrar a personas que tienen legítimas razones para no pagar.
- Se consigue una mayor seguridad jurídica para el deudor. Se unifica el criterio entre los tribunales y se protege al deudor ante prácticas agresivas o poco transparentes.
En Deudali Abogados, te ayudamos en todo el proceso
En resumen: si han vendido la deuda de su crédito a un fondo buitre o un fondo especializado, no está indefenso, pues no significa que pierda sus derechos. Algunos motivos de impugnación que pueden hacer valerse son:
- que la deuda no es correcta,
- que no le entregaron lo contratado,
- que el importe es indebido,
- cualquier otra razón válida que ya existía frente al acreedor original.
Así que, no deje que un fondo buitre o un fondo especializado en deuda impagada le presione. Si le reclaman una deuda, podemos analizar qué opciones de defensa tiene. En Deudali Abogados, somos expertos en fondos buitre en Alcalá de Henares.



